Google+

REGISTRE A UN MENOR QUE NO ERA MÌO

miércoles, 26 de enero de 2011


“Inicie una relación amorosa con una mujer que tenía un hijo de una relación anterior, y registre al menor como hijo mío. Con el tiempo nuestra relación termino, pero ahora ella me está demandando pensión alimenticia, siendo que ella sabe que el menor no es mío.”

Sin duda las relaciones amorosas nos hacen actuar sin pensar mucho en las implicaciones, sobre todo de índole legal. Esta situación se presenta en relaciones tanto matrimoniales o de concubinato.

Legalmente el menor es hijo del padre, porque fue él quien lo registro ante el registro civil, y esto origina la presunción legal de que es hijo legítimo del padre. La ley establece un procedimiento para que las personas que se encuentren en este supuesto, puedan corregir esta situación.



Es a través de un juicio de desconocimiento de paternidad, esta acción puede ser intentada por todo varón (cónyuge o concubino)  que estime no ser padre biológico de un hijo, a través  de la cual, el padre tratara de demostrar que el menor, efectivamente no es hijo suyo. En los juicios de desconocimiento de paternidad la prueba plena es una prueba de ADN.

Ahora bien, para que esta prueba surta efectos legales, o dicho de otra manera, tenga validez legal, tiene que ser hecha bajo las pautas que la misma ley enmarca, es decir: dentro de un proceso judicial, con peritos reconocidos ante el tribunal, etc.. Para esto, hay un procedimiento que regula el ofrecimiento de pruebas.

De tal manera que cualquier prueba de ADN hecho de manera particular, sin observar los requisitos que marca la ley, es inválido y no surte efectos legales.

El costo de esta prueba en los laboratorios resulta algo costosa (hay laboratorios que cobran entre QUINCE MIL Y VEINTE MIL PESOS), pero si se pone en perspectiva, con lo que se gastaría en la manutención de un hijo que no es suyo, hasta la mayoría de edad, resulta ser una prueba que bien valdría hacer el gasto.    
  
El objetivo de este tipo de juicios es destruir la presunción legal de que el hijo habido es legítimo y deslindar al “padre” de cualquier responsabilidad sobre el menor.

1 comentarios:

prueba de paternidad por ADN dijo...

Sin duda la prueba de paternidad por ADN es la prueba más fiable que mejor puede ayudar a confirmar la paternidad. Saludos.

Archivo del blog

Blogs México BloGalaxia Google+